Inocencia Fiscal II: el Gobierno busca aliviar a PyMEs y limitar el poder de ARCA
El oficialismo busca la media sanción de las modificaciones al Régimen Simplificado de Ganancias. Tras el reclamo de los contadores, Economía flexibilizó las condiciones para brindar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes, reducir multas a pequeñas empresas y dejar a funcionarios públicos fuera de los principales beneficios.
La Cámara de Diputados de la Nación se prepara para una sesión clave este miércoles. El recinto debatirá el proyecto “Inocencia Fiscal II”, una iniciativa central para el ministro de Economía, Luis Caputo, en su estrategia para remonetizar la economía y lograr que los argentinos exterioricen los dólares no declarados que, según estimaciones oficiales, ascienden a USD 170.000 millones.
La ley original, vigente desde diciembre de 2025, no logró el eco esperado. Ante este escenario, los profesionales de ciencias económicas le plantearon al Palacio de Hacienda una realidad insoslayable: sin una mayor seguridad jurídica frente a la agencia recaudadora, los dólares seguirían en el “colchón”. Tras meses de negociaciones en el quinto piso de Economía, el Gobierno acordó un nuevo texto que introduce precisiones sobre la declaración jurada (DJ) simplificada, el esquema de sanciones y los procedimientos tributarios.
Tras obtener dictamen de mayoría en las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación Penal, el proyecto llega al recinto con una serie de cambios fundamentales para los contribuyentes.
Límite al fisco y carga de la prueba
Uno de los principales temores de los contribuyentes era la discrecionalidad del Estado para impugnar las declaraciones. La nueva ley establece límites estrictos:
- Discrepancia significativa: solo se considerará que existe una inconsistencia cuando la impugnación genere un aumento del impuesto —o una reducción de quebrantos— superior al 15%, o si supera los montos que activan el Régimen Penal Tributario.
- Margen de tolerancia: se aclara expresamente que no habrá discrepancia si la diferencia detectada es menor al 5% del umbral penal.
- La prueba la aporta el Estado: la carga de la prueba recaerá exclusivamente sobre la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo solo podrá utilizar datos ya declarados, sus propios sistemas o información aportada por terceros, limitando las excursiones de pesca fiscal.
Plazos de gracia y devoluciones rápidas
El proyecto incorpora mecanismos procesales destinados a defender el patrimonio del contribuyente ante errores o fallos judiciales:
- Rectificativas sin penalidad: si el Estado notifica una liquidación administrativa, el contribuyente tendrá 15 días hábiles para presentar una DJ rectificativa y pagar la diferencia con intereses. Si lo hace, no se considerará que existió una discrepancia significativa, evitando sanciones mayores.
- Devolución en 45 días: si la Justicia anula o revoca una impugnación de la modalidad simplificada, se restablecerá la “presunción de exactitud” del contribuyente. Si este ya pagó la pretensión fiscal, el Estado deberá devolver el dinero con intereses en un plazo máximo de 45 días hábiles.
Alivio para MiPyMEs y exclusión de la política
La nueva normativa segmenta claramente a quiénes busca beneficiar y a quiénes restringe:
- Reducción permanente de multas: se incorpora un artículo que establece una rebaja automática del 25% en las multas formales para micro, pequeñas y medianas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y ONG.
- Quita del 50% por deudas pendientes: se habilita una reducción excepcional del 50% sobre las multas formales no firmes o impagas desde la vigencia de la ley anterior (27.799) para PyMEs y personas humanas, siempre que regularicen su situación y acepten la pretensión fiscal sin litigios.
- Políticos y Grandes Contribuyentes sin beneficios: los funcionarios públicos —desde secretarios de Estado hasta legisladores y jueces que hayan ejercido durante los últimos cinco años— y los Grandes Contribuyentes podrán utilizar el sistema simplificado para pagar, pero quedarán excluidos de las presunciones, el bloqueo fiscal y los beneficios del régimen de Inocencia Fiscal.
Con esta red de seguridad jurídica, el Gobierno espera que el Congreso apruebe una herramienta capaz de reactivar el flujo de capitales hacia el mercado formal, apostando a que una mayor confianza y menores márgenes de discrecionalidad fiscal logren lo que la primera versión de la ley no pudo.
