El Senado debate hoy la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada: las cuatro claves del proyecto

La iniciativa llega al recinto con cambios de último momento tras la negociación en el Congreso. El oficialismo eliminó el capítulo sobre extranjerización de tierras y mantuvo los ejes centrales del proyecto: reforzar la protección de la propiedad privada, agilizar los desalojos, modificar el régimen de tierras incendiadas y modernizar los registros inmobiliarios.

Ley Inviolabilidad de la Propiedad Privada Argentina

El Senado de la Nación se prepara para una jornada decisiva. Hoy se debatirá en el recinto la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, un paquete de reformas que busca fortalecer las garantías de la propiedad privada frente al Estado y agilizar la recuperación de inmuebles ocupados ilegalmente.

El tratamiento de la iniciativa llega después de intensas negociaciones políticas. Tras el revés sufrido el miércoles en el plenario de comisiones, el oficialismo aceptó retirar del texto el Capítulo 3, referido a la extranjerización de tierras, para asegurar el quórum y los votos necesarios para su tratamiento en el recinto.

A continuación, un repaso por los cuatro capítulos que continúan formando parte del proyecto.

Capítulo 1: Más protección frente a las expropiaciones

Este apartado endurece los requisitos para que el Estado —nacional, provincial o municipal— pueda avanzar con una expropiación, reforzando las garantías para los propietarios.

Fin de la «utilidad pública» genérica. Ya no alcanzará con invocar una declaración amplia de utilidad pública. El Estado deberá acreditar que la expropiación supera un test de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, justificando un objetivo concreto y específico.

Indemnizaciones a valor de mercado. El proyecto establece que la compensación deberá calcularse sobre el valor real del bien e incorpora el concepto de lucro cesante, es decir, las ganancias que el propietario deja de percibir por la pérdida del inmueble. Ese monto tendrá inicialmente un tope equivalente al 30% del daño emergente y se actualizará por el IPC más la tasa activa del Banco Nación.

Cambios en la ocupación temporaria. Se elimina la posibilidad de ocupaciones gratuitas por parte del Estado. Toda utilización del inmueble deberá ser indemnizada y tendrá un plazo máximo de 90 días, prorrogable una sola vez ante situaciones excepcionales como catástrofes.

Regularización dominial. Para acceder al título gratuito se exigirá acreditar un mínimo de diez años de posesión, en lugar de los tres actuales. Al mismo tiempo, el régimen dejará de tener una fecha límite y también podrá aplicarse a agricultores familiares del ámbito rural.

Capítulo 2: Desalojos más rápidos y recuperación inmediata de inmuebles

La reforma introduce modificaciones al Código Procesal Civil y Comercial y al Código Civil y Comercial con el objetivo de acelerar los procesos de restitución de inmuebles.

Trámite sumarísimo. Los juicios de desalojo pasarán a utilizar el procedimiento más rápido previsto por la legislación procesal.

Recuperación anticipada. Se amplía la posibilidad de que el propietario recupere el inmueble antes de la sentencia definitiva mediante caución juratoria, no solo frente a intrusos sino también respecto de ocupantes precarios o cualquier persona que permanezca sin derecho sobre la propiedad.

Reconocimiento judicial en 72 horas. Se reducen los plazos para las inspecciones y se habilita la utilización de la fuerza pública, allanamientos e intervenciones durante días inhábiles cuando resulte necesario ejecutar un lanzamiento.

Protección para personas vulnerables. Si en el inmueble viven menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de vulnerabilidad, el juez deberá dar intervención a los organismos competentes durante diez días antes de concretar el desalojo. Además, en casos de falta de pago, el propietario deberá intimar previamente al inquilino con un plazo de diez días.

Capítulo 4: Eliminación de las restricciones sobre tierras incendiadas

El proyecto modifica la Ley de Manejo del Fuego y devuelve a las provincias la potestad para definir el destino de los terrenos afectados por incendios.

Fin de las restricciones de 30 y 60 años. Se elimina la prohibición que impedía modificar durante 30 años el uso de campos, pastizales, praderas y zonas de interfaz urbano-rural afectados por incendios.

Bosques nativos. Se mantiene la prohibición de cambiar el destino de los bosques nativos incendiados, aunque desaparece el plazo fijo de 60 años. La restricción quedará sujeta a los ordenamientos territoriales que establezca cada provincia.

La lógica del proyecto. Según sus impulsores, el incendio intencional ya constituye un delito tipificado por el Código Penal y, por lo tanto, resulta inconstitucional restringir el derecho de propiedad de quienes, en muchos casos, fueron víctimas del fuego.

Capítulo 5: Modernización y federalización registral

La iniciativa también actualiza la Ley 17.801 del Registro de la Propiedad Inmueble, vigente desde 1968, incorporando herramientas digitales para agilizar los trámites.

Plazo máximo de 30 días. Por primera vez se fija un límite nacional para que los registros provinciales califiquen la documentación presentada.

Digitalización integral. Se habilita la presentación electrónica de documentos, el uso de firma digital por parte de los registradores y la emisión de copias digitales.

Ventanilla Única Federal. El proyecto crea una plataforma nacional que permitirá solicitar informes registrales de cualquier provincia desde un único portal, además de instituir una Red Federal Digital de Publicidad de Inhibiciones, que centralizará la información sobre personas inhibidas para disponer de bienes inmuebles.

De aprobarse, la iniciativa modificará diversas leyes nacionales vinculadas con la propiedad privada y el funcionamiento del sistema registral argentino. El oficialismo considera que el proyecto constituye una de las reformas más importantes en materia de derechos reales de las últimas décadas, mientras que la oposición mantiene reparos sobre algunos de sus alcances.

Ignacio Weisser
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