El negocio detrás de “La Querencia”: Raimundo y el Gobierno de Pullaro avanzan sobre un predio del Normal 2 en San Lorenzo por 20 años
El terreno, ubicado en barrio Villa Felisa de la ciudad de San Lorenzo, pertenece a la cooperadora de la escuela rosarina. El convenio entrega su administración al Ministerio de Educación provincial, compromete una inversión superior a $834 millones y dificulta su recuperación anticipada. Aunque el intendente Leonardo Raimundo no aparece como firmante, su gobierno lleva años interviniendo sobre un inmueble del que el municipio ya obtuvo terrenos para abrir calles.
La historia comenzó mucho antes de que Maximiliano Pullaro llegara a la Gobernación y José Goity al Ministerio de Educación. Se arrastra desde hace décadas, atravesó administraciones políticas de distinto signo y tiene como protagonista a un inmueble que no pertenece a la Provincia ni a la Municipalidad de San Lorenzo, encabezada por el radical Leonardo Raimundo desde hace años: La Querencia, el histórico predio de la Asociación Pro-Cultura Popular Cooperadora de la Escuela Normal Superior Nº 2 Juan María Gutiérrez, de Rosario.
El terreno fue adquirido originalmente con fondos de la cooperadora y quedó formalmente inscripto a nombre de la asociación durante la década de 1990. El plano de mensura incorporado al expediente señala una superficie original de 3 hectáreas, 99 áreas y 54 centiáreas. También registra la subdivisión realizada a partir del convenio de donación aprobado en 2012 entre la cooperadora y la Municipalidad de San Lorenzo para prolongar y ensanchar calles públicas. Como resultado de esa operación, la superficie mensurada quedó en 3 hectáreas, 85 áreas y 47 centiáreas.
Ahora, ese patrimonio quedó en el centro de un nuevo acuerdo. El documento presentado en la asamblea del 11 de junio de 2026 establece una cesión de uso por 20 años a favor del Gobierno de Santa Fe, representado por el ministro José Goity. Por la cooperadora aparece su presidente, Pablo José Rubio.
La Municipalidad de San Lorenzo y su intendente, Leonardo Raimundo, no figuran como firmantes de este convenio original. Esa precisión resulta indispensable: el contrato exhibido formaliza una relación entre la Provincia y la cooperadora. La eventual participación política, administrativa o negociadora del municipio deberá acreditarse mediante otros documentos, actas, expedientes o comunicaciones oficiales.
Lo que sí está escrito resulta suficientemente contundente.
La Provincia administra; la cooperadora mira una vez al año
La cláusula primera entrega a la Provincia el uso del inmueble ubicado en barrio Villa Felisa, delimitado por las calles Lavalle, Neuquén, Sebastián Gaboto y Vélez Sarsfield. El acuerdo menciona los lotes A y B, junto con los lotes I, II y III destinados a calles, y consigna una superficie total de 3 hectáreas, 85 áreas, 47 centiáreas y 46 decímetros cuadrados.
Sin embargo, el Anexo II establece que las obras se desarrollarán específicamente en los lotes A y B. Esta diferencia entre la descripción general de los bienes cedidos y la delimitación concreta de las intervenciones debería ser explicada: ¿la Provincia recibe el uso de toda la superficie indicada en la cláusula primera o solamente de los lotes donde ejecutará las obras?
El destino tampoco queda reservado exclusivamente al Normal 2.
La cláusula segunda dispone que el predio será utilizado por esa escuela, pero agrega que también podrán acceder establecimientos educativos públicos o privados de San Lorenzo y “toda otra institución” que lo solicite y obtenga el aval del Ministerio de Educación.
La expresión es amplia. No identifica cuáles serán esas instituciones, bajo qué condiciones ingresarán, con qué frecuencia ni qué participación tendrá la cooperadora en esas autorizaciones. El poder de habilitación queda concentrado en el Ministerio.
La cláusula cuarta termina de correr el eje del control: la administración del uso y del “correcto aprovechamiento” del inmueble quedará en manos del Ministerio de Educación, por medio de la Delegación Regional VI. El organismo deberá contemplar la prioridad del Normal 2, pero el acuerdo no define cómo se garantizará esa prioridad ni qué remedio tendrá la escuela si en la práctica no se respeta.
La cooperadora, propietaria del predio, conserva una facultad llamativamente limitada: podrá verificar su estado durante el mes de diciembre de cada año.
Una inspección anual. En un mes determinado. Sobre un inmueble propio administrado durante dos décadas por un tercero.
No se detalla un sistema permanente de auditoría, acceso a informes de obra, control de contratistas, supervisión financiera ni participación en la programación cotidiana. Tampoco se establece una comisión conjunta de seguimiento.
La cooperadora aporta el terreno. La Provincia administra. El Ministerio autoriza usuarios. Y la dueña puede mirar qué ocurrió una vez al año.
Una inversión millonaria que también funciona como cerrojo
El aspecto más atractivo del convenio es el plan de obras. La Provincia se compromete a financiar la recuperación del predio con presupuesto propio.
El Anexo II contempla limpieza, desmalezamiento, extracción de árboles, nuevos cercos, cuatro portones, conexiones eléctricas y sanitarias, iluminación, instalación de gas envasado, demolición de construcciones deterioradas, nuevos sanitarios, vestuarios, cocina, depósito, asadores, dos playones deportivos, una cancha de fútbol, trabajos sobre el tinglado, estacionamiento y senderos.
El presupuesto incorporado al documento, calculado con base en marzo de 2026, asciende a $834.635.016,25. El 61,56% corresponde al rubro “Servicios y SUM”; el 20,04%, al acondicionamiento general del predio; y el 13,49%, a la cancha y los playones deportivos.
La inversión es significativa. Pero el acuerdo no fija en su texto principal un cronograma detallado con fechas de inicio y finalización para cada etapa. Tampoco establece sanciones económicas por demoras ni parámetros precisos para determinar cuándo una obra debe considerarse terminada.
La cooperadora solo puede rescindir si las obras no comienzan dentro de los doce meses posteriores a la entrada en vigencia. Para hacerlo, debe notificar con 90 días de anticipación.
¿Y qué ocurre si las obras comienzan mínimamente, pero después se paralizan? ¿Qué sucede si una etapa se demora durante años? ¿Qué mecanismo existe si la ejecución resulta incompleta o de calidad deficiente?
El convenio original no desarrolla esas respuestas.
La cláusula más gravosa aparece cuando la cooperadora pretende recuperar anticipadamente su inmueble. En ese caso, deberá reintegrar a la Provincia la totalidad de los fondos invertidos dentro de los 60 días. Hasta que se produzca el pago, el Gobierno provincial podrá retener la posesión.
Traducido al lenguaje llano: cuanto más dinero invierta la Provincia, más difícil y costoso resultará para la propietaria recuperar el predio antes del vencimiento.
La inversión, presentada como beneficio, también se convierte en un candado contractual.
No se prevé amortización por el transcurso de los años. El documento no aclara si la suma a devolver será nominal, actualizada o calculada según el valor residual de las mejoras. Tampoco distingue entre inversiones útiles, gastos ordinarios, reparaciones o trabajos que eventualmente no hayan sido consentidos de manera particular por la cooperadora.
Una cláusula de semejante alcance exigía una explicación jurídica y económica completa antes de cualquier votación.
El argumento de los servicios se cae, pero aparecen preguntas más graves
Entre las denuncias que circulaban alrededor de La Querencia se afirmaba que el interés por el terreno estaría vinculado con supuestas exenciones o ventajas tarifarias de la cooperadora.
El convenio original no sostiene esa hipótesis.
Por el contrario, la cláusula séptima establece expresamente que la Provincia asumirá los servicios de luz, gas y todos aquellos correspondientes a los espacios cedidos. También tendrá a su cargo los impuestos provinciales y municipales, la limpieza y la sanitización.
Por lo tanto, con este documento en la mano, no corresponde afirmar que la cooperadora seguirá pagando esos consumos ni que la operación se explica por el ahorro directo de servicios.
La sospecha debe colocarse donde el texto realmente abre interrogantes: en la duración del acuerdo, en la pérdida de administración, en la amplitud de los usuarios habilitados, en las limitaciones para recuperar el predio y en la ausencia de controles más intensos por parte de la propietaria.
También deberá aclararse qué ocurrirá con las tarifas, impuestos y gastos si una parte del inmueble es utilizada por instituciones privadas o por organizaciones distintas del Normal 2. Que la Provincia pague no significa que el uso carezca de costo: significa que lo afrontará el presupuesto público.
El documento necesita, además, una revisión formal.
En su encabezamiento aparece como acuerdo entre Goity y Rubio, pero el cierre conserva espacios en blanco y señala que los ejemplares se firmarían en la ciudad de Santa Fe a determinados días de mayo de 2026, sin completar la fecha. Sin embargo, el texto fue presentado en la asamblea del 11 de junio, según la información aportada a este medio.
¿Era un borrador? ¿Ya había sido negociado? ¿Fue modificado después? ¿Qué cláusulas cambiaron entre esta versión y la aprobada el 5 de agosto? ¿Quién introdujo esas modificaciones y cuándo se entregaron a los socios?
La comparación entre el acuerdo original y el corregido será decisiva. Sin esa segunda versión no puede determinarse qué observaciones fueron aceptadas, cuáles se rechazaron ni si las condiciones más comprometedoras permanecieron intactas.
La política debe dar la cara
Fuentes vinculadas a la comunidad educativa denuncian desde hace años la intervención de sectores políticos en el manejo del predio y mencionan una presunta influencia de referentes relacionados con La Cámpora en administraciones anteriores o en el entorno institucional del Normal 2.
También señalan al rector, Sebastián Llansa, como uno de los actores que debería explicar públicamente su participación en el proceso.
Hasta el momento, el convenio aportado no acredita una pertenencia partidaria de Llansa, una intervención formal de La Cámpora ni un beneficio económico para esa agrupación. Publicar esas acusaciones como hechos consumados sería reemplazar la investigación por propaganda.
Pero la falta de prueba pública tampoco cancela las preguntas.
Llansa, Rubio, Goity, las autoridades de la Delegación Regional VI y el intendente Raimundo deben informar qué reuniones mantuvieron, quién redactó cada versión, qué asesores jurídicos intervinieron, qué participación tuvo la Municipalidad y cómo se eligió el mecanismo de cesión por 20 años.
La misma obligación alcanza a las anteriores conducciones de la cooperadora, especialmente por la donación y subdivisión de 2012.
El predio ya perdió superficie para la apertura y ampliación de calles. Ahora entrega el uso y la administración del remanente por dos décadas.
Son operaciones jurídicamente diferentes, pero políticamente forman parte de una misma historia: el interés sostenido de distintos niveles del Estado sobre un patrimonio perteneciente a la cooperadora.
Para despejar las sospechas, deberán hacerse públicos el acta completa de la asamblea del 11 de junio, la convocatoria, el padrón de socios, el resultado de la votación, los dictámenes legales, las observaciones formuladas, la versión corregida, el acta del 5 de agosto y el expediente administrativo provincial completo.
También debe conocerse si hubo tasación del terreno, si se evaluaron alternativas menos restrictivas y por qué se eligió un plazo de 20 años en lugar de convenios más breves, renovables y sometidos a controles periódicos.
El debate no consiste en oponerse a la recuperación de La Querencia. El predio necesita inversiones, mantenimiento y un proyecto educativo serio.
El punto es otro: recuperar un espacio no exige vaciar de poder a su propietaria ni firmar un contrato que vuelve económicamente prohibitiva su restitución anticipada.
La Provincia promete poner más de $834 millones. A cambio obtiene la administración, la facultad de autorizar usuarios y una estabilidad contractual de 20 años. La cooperadora aporta casi cuatro hectáreas y conserva una inspección anual.
El acuerdo podrá llamarse “cesión de uso”. Podrá presentarse como una obra educativa. Podrá acompañarse con canchas, vestuarios y fotografías oficiales.
Pero detrás del cemento queda una pregunta que nadie debería esquivar: ¿La cooperadora consiguió que la Provincia recuperara su predio o la Provincia consiguió controlar durante 20 años un terreno que no le pertenece?
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