Diputados aprobó la Ley de Propiedad Privada: desalojos exprés, límites a las expropiaciones y registros digitales

La iniciativa impulsada por el Gobierno obtuvo 124 votos positivos, 119 negativos y 6 abstenciones. Acelera los procesos para recuperar inmuebles, restringe las expropiaciones estatales y moderniza los registros. Como Diputados modificó el texto, deberá volver al Senado antes de convertirse en ley.

Propiedad Privada Ley

El Gobierno de Javier Milei consiguió este miércoles una ajustada pero importante victoria legislativa con la aprobación en la Cámara de Diputados del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, uno de los ejes de la agenda libertaria para reforzar la seguridad jurídica y limitar la capacidad del Estado de avanzar sobre bienes particulares.

La iniciativa recibió 124 votos afirmativos, 119 negativos y 6 abstenciones.

Sin embargo, todavía no entrará en vigencia. Como Diputados introdujo modificaciones sobre el proyecto que había recibido media sanción del Senado, la Cámara alta deberá volver a pronunciarse.

El texto introduce reformas importantes en materia de desalojos, expropiaciones y registros inmobiliarios, además de restablecer la vigencia de la Ley de Tierras Rurales.

Desalojos más rápidos para recuperar una propiedad

Uno de los puntos centrales establece que los procesos de desalojo de inmuebles urbanos y rurales alcanzados por el régimen nacional deberán tramitarse mediante juicio sumarísimo, reduciendo los tiempos procesales que actualmente pueden prolongar durante meses o incluso años la recuperación de una propiedad.

Para casos de intrusión o tenencia precaria, el propietario podrá solicitar la restitución inmediata del inmueble, bajo caución juratoria y una vez cumplidas las condiciones procesales establecidas.

En los alquileres destinados a vivienda, ante falta de pago deberá existir previamente una intimación que otorgue al inquilino un plazo de 10 días para cancelar la deuda o devolver el inmueble. Cumplido ese período, el propietario podrá iniciar el desalojo.

El proyecto también contempla situaciones de vulnerabilidad.

Cuando dentro de la propiedad existan menores, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, la Justicia deberá dar intervención a los organismos correspondientes para garantizar una alternativa habitacional, pero sin paralizar indefinidamente el proceso.

En determinadas causales, como deterioro del inmueble, cambio de destino, obras nocivas o utilización abusiva, el juez deberá realizar un reconocimiento judicial dentro de las 72 horas posteriores a la primera resolución para determinar quiénes ocupan efectivamente la propiedad.

Más límites para que el Estado pueda expropiar

El segundo gran capítulo endurece las condiciones para las expropiaciones.

La declaración de utilidad pública deberá interpretarse de forma restrictiva, identificar concretamente el objetivo perseguido y demostrar que la expropiación resulta idónea, necesaria y proporcional.

También cambia el cálculo de las indemnizaciones.

El propietario podrá reclamar lucro cesante, es decir, las ganancias que dejó de percibir como consecuencia de la expropiación. Como regla general, ese concepto tendrá un límite equivalente al 30% del daño emergente, salvo que pueda demostrarse fehacientemente un perjuicio superior.

Los montos deberán actualizarse por IPC, sumando intereses hasta el pago efectivo.

La intención oficial es evitar que el Estado pueda apropiarse de un bien mediante una declaración genérica de utilidad pública y luego demorar durante años una compensación adecuada.

Registros digitalizados y continuidad de la Ley de Tierras

La iniciativa también moderniza el Registro de la Propiedad Inmueble, habilitando documentos electrónicos, firma digital y sistemas que garanticen trazabilidad e integridad de la información.

En cambio, el Gobierno debió ceder ante sectores aliados en otro punto.

Diputados incorporó nuevamente la plena vigencia de la Ley 26.737 de Tierras Rurales y dejó sin efecto el artículo 154 del DNU 70/2023 que había buscado derogarla.

De esta manera se mantiene el límite del 15% de titularidad extranjera sobre las tierras rurales tanto a nivel nacional como provincial y municipal.

La izquierda cuestionó el proyecto por considerar que dificulta las expropiaciones y acelera los desalojos. El oficialismo defendió exactamente lo contrario: que ningún ciudadano debería pasar años litigando para recuperar una propiedad que legítimamente le pertenece.

La discusión resume una diferencia central entre los modelos políticos.

Para el kirchnerismo y la izquierda, la propiedad privada está condicionada a una amplia denominada “función social”. Para el Gobierno de Milei, en cambio, la defensa del patrimonio de los ciudadanos constituye una condición básica para invertir, alquilar y generar riqueza.

Si el Senado acepta ahora las modificaciones, la Argentina tendrá un nuevo régimen que colocará límites más definidos tanto frente a ocupaciones ilegales como frente al poder expropiatorio del propio Estado.

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Patricio De Gaetano
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