Javier Milei veta el Proyecto de Ley de Financiamiento Universitario por falta de respaldo presupuestario.
El Presidente vetó en su totalidad el Proyecto de Ley 27.795, que proponía aumentos de gasto en universidades públicas y recomposición salarial para docentes y no docentes. El decreto 647/2025 advierte que la ley carece de fuentes de financiamiento claras y sostenibles, y que su implementación podría generar un desequilibrio fiscal y presionar la inflación, afectando directamente a los contribuyentes. El veto busca garantizar responsabilidad fiscal, eficiencia en el gasto público y sostenibilidad económica, principios centrales para un manejo responsable del Estado.
El Presidente de la Nación Argentina decidió vetar en su totalidad el Proyecto de Ley N° 27.795, sancionado por el Congreso el pasado 21 de agosto, que proponía modificaciones en el financiamiento de la educación universitaria y la recomposición salarial del personal docente y no docente.
Motivos del veto: financiamiento insuficiente y riesgo fiscal
El decreto 647/2025 establece que la iniciativa, denominada “Proyecto de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente”, no cumple con los requisitos legales esenciales para su implementación, particularmente en lo que refiere a la fuente de financiamiento de los gastos adicionales que generaría.
Según el documento oficial, la ley proponía incrementar los salarios y gastos de funcionamiento de universidades públicas, actualizar becas estratégicas y fomentar la inversión en infraestructura, investigación y tecnología. Sin embargo, el veto argumenta que las fuentes de financiamiento previstas son insuficientes y genéricas, y que el proyecto podría generar un desequilibrio fiscal significativo, con un impacto estimado de más de $1 billón para 2025 y $2 billones para 2026.
El decreto señala que la administración responsable de los recursos públicos requiere priorización y gradualismo, asegurando que los incrementos salariales, becas y programas universitarios sean sostenibles en el tiempo. Asimismo, remarca que incrementos desproporcionados sin respaldo real se traducen en inflación, deterioro del poder adquisitivo y perjuicio a los sectores más vulnerables.
Marco constitucional y legal del veto
El veto está amparado en el artículo 83 de la Constitución Nacional, que permite al Poder Ejecutivo observar total o parcialmente proyectos de ley sancionados por el Congreso, y busca garantizar la responsabilidad fiscal y la estabilidad macroeconómica del país.
Finalmente, el decreto 647/2025 ordena devolver el proyecto al Congreso, comunicando oficialmente la decisión y asegurando que futuras iniciativas de gasto cumplan con las normas de financiamiento previstas en la Ley N° 24.156 y las reglas presupuestarias vigentes.
