Malvinas: punto por punto el proyecto que prevé penas de hasta 20 años y un cerco a las empresas infractoras
La iniciativa amplía las sanciones por la explotación ilegal de los recursos argentinos, alcanza a proveedores y socios comerciales, habilita los juicios en ausencia y crea un Consejo de Seguridad Nacional encabezado por el Presidente.
El proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional representa uno de los intentos más ambiciosos de las últimas décadas por elevar el costo económico, comercial y penal de operar en las Islas Malvinas sin autorización argentina.
La iniciativa impulsada por el presidente Javier Milei no se limita a endurecer las penas contra las petroleras. También busca cercar a las empresas que les suministren tecnología, financiamiento, transporte, logística o cualquier otro servicio indispensable para desarrollar sus actividades.
El texto ingresó a la Cámara de Diputados mediante el Mensaje N.º 275/2026 y deberá ser debatido por el Congreso. Hasta que obtenga la aprobación de ambas cámaras y sea promulgado, sus disposiciones no estarán vigentes.
El proyecto, sin embargo, permite conocer la arquitectura jurídica con la que el Gobierno pretende enfrentar la explotación británica de los recursos argentinos y coordinar las diferentes áreas estatales vinculadas con la defensa, la inteligencia y la seguridad nacional.
Un régimen más amplio que la legislación vigente
La propuesta busca reemplazar el esquema establecido por la Ley 26.659, sancionada en 2011 para castigar la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina sin autorización del Gobierno nacional.
El nuevo régimen tendría un alcance considerablemente mayor. Ya no se concentraría únicamente en el petróleo y el gas, sino que comprendería el aprovechamiento ilegal de otros recursos naturales dentro de las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos correspondientes.
De esta manera, las sanciones podrían alcanzar actividades relacionadas con la pesca, la minería y otros recursos renovables o no renovables que sean explotados sin permiso argentino.
La iniciativa también amplía el universo de empresas y personas alcanzadas. No solamente quedarían expuestos quienes realicen directamente las tareas de exploración o extracción, sino también sus controlantes, socios, accionistas y proveedores.
Las compañías que entreguen barcos, equipamiento, tecnología, servicios financieros o asistencia logística con conocimiento del destino de esos recursos podrían enfrentar sanciones económicas y, en determinados casos, responsabilidades penales.
El objetivo es atacar toda la cadena comercial que permite sostener las operaciones ilegales, incluso cuando sus integrantes no tengan presencia física en el archipiélago.
Prisión, multas e inhabilitaciones
El proyecto establece penas que pueden llegar hasta los 20 años de prisión para quienes participen en actividades de exploración, extracción, transporte o almacenamiento de recursos obtenidos sin autorización argentina.
Los proveedores que colaboren deliberadamente con esas operaciones podrían recibir condenas de entre cinco y siete años de cárcel.
Las multas dejarían de establecerse mediante cantidades fijas de pesos. Para evitar que pierdan valor frente a la inflación, quedarían vinculadas con el precio internacional del barril de petróleo.
Según el tipo y la gravedad de la infracción, las sanciones económicas podrían calcularse sobre valores equivalentes a miles o cientos de miles de barriles. En los casos relacionados con la industria hidrocarburífera, las multas podrían alcanzar el equivalente a tres millones de barriles de crudo.
La condena también implicaría la prohibición de operar en la Argentina, contratar con el Estado o mantener relaciones comerciales con personas y empresas radicadas en el país.
A ello se sumarían la revocación de habilitaciones, la pérdida de exenciones impositivas y la resolución de los contratos relacionados con la actividad sancionada, aun cuando esos acuerdos se encuentren sometidos a legislación extranjera.
Para evitar perjuicios desproporcionados sobre trabajadores, clientes o terceros de buena fe, el proyecto contempla un período de entre 30 y 180 días destinado al cese ordenado de las operaciones.
Juicios en ausencia y una vía para abandonar las operaciones
Una de las modificaciones más importantes consiste en habilitar los juicios en ausencia para esta clase de delitos.
La herramienta permitiría avanzar contra empresarios y responsables extranjeros que no se presenten ante la Justicia argentina o permanezcan fuera de su alcance territorial.
Actualmente, la falta de comparecencia de los acusados constituye uno de los principales obstáculos para impulsar las causas vinculadas con la explotación ilegal de los recursos de Malvinas.
Al mismo tiempo, el proyecto crea un Régimen de Desistimiento y Regularización. Las empresas que abandonen las actividades cuestionadas, paguen las multas correspondientes o asuman compromisos de inversión dentro del territorio sometido al control efectivo argentino podrían acceder a determinados beneficios.
El mecanismo busca ofrecer una salida a aquellas compañías dispuestas a cortar sus vínculos con los proyectos autorizados por las autoridades británicas que ocupan las islas.
Un sistema nacional bajo la conducción del Presidente
El alcance de la iniciativa excede ampliamente la cuestión Malvinas. Otro de sus capítulos centrales crea el Sistema de Seguridad Nacional, destinado a coordinar las funciones diplomáticas, económicas, cibernéticas, militares, jurídicas y de inteligencia del Estado.
El órgano rector será el Consejo de Seguridad Nacional, presidido por el Presidente e integrado por el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia y el titular de la Secretaría Legal y Técnica.
El Consejo deberá elaborar una Política de Seguridad Nacional obligatoria para todas las áreas del Estado. También tendrá que diseñar una estrategia destinada a identificar y proteger las denominadas infraestructuras críticas.
La categoría comprende instalaciones, redes y sistemas públicos o privados indispensables para el funcionamiento de la salud, la energía, las comunicaciones, la seguridad, la defensa, la economía y el propio Estado.
Frente a una amenaza grave e inminente, el organismo podría disponer medidas extraordinarias, como el bloqueo de activos, restricciones financieras, suspensión de contratos y modificaciones temporales de determinados derechos de importación o exportación.
Esas decisiones tendrían una duración limitada y quedarían sometidas a revisión judicial.
Una nueva definición de la Defensa Nacional
La propuesta también modifica la Ley de Defensa Nacional 23.554. El nuevo texto incorpora los riesgos externos de carácter estatal o no estatal y diferencia entre amenazas “cinéticas” y “no cinéticas”.
Las primeras se relacionan con ataques convencionales y empleo directo de la fuerza. Las segundas comprenden acciones cibernéticas, operaciones de inteligencia, sabotajes, interferencias sobre sistemas esenciales y otras formas de agresión que no necesariamente involucran armamento tradicional.
La reforma habilitaría a las Fuerzas Armadas a participar en la protección de infraestructuras críticas declaradas de interés nacional y en el control de los espacios aéreo, marítimo, fluvial y lacustre.
También incorpora reglas para detectar, identificar e intimar aeronaves o embarcaciones consideradas hostiles. El eventual uso de la fuerza quedaría sometido a una respuesta gradual y, en los casos más extremos, necesitaría autorización presidencial.
Influencia extranjera y terrorismo
Otro capítulo busca sancionar la influencia extranjera indebida sobre los procesos democráticos argentinos.
El proyecto impide que personas o empresas extranjeras sin residencia permanente financien, organicen o ejecuten actividades de campaña y propaganda electoral.
También incorpora delitos relacionados con el espionaje, la entrega de información reservada, el apoyo material a operaciones clandestinas de inteligencia y las campañas coordinadas de desinformación financiadas por gobiernos u organizaciones extranjeras.
Además, eleva a rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), actualmente utilizado para identificar y restringir las operaciones de organizaciones consideradas una amenaza para la seguridad nacional.
De la protesta diplomática a las consecuencias concretas
El Poder Ejecutivo vinculó el proyecto con la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, que define la recuperación de las Islas Malvinas como un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.
La iniciativa ratifica que el reclamo continuará desarrollándose por medios pacíficos, diplomáticos y jurídicos. Sin embargo, propone complementar esa estrategia con consecuencias económicas y penales más severas para quienes exploten los recursos del territorio disputado.
La principal diferencia con el régimen actual se encuentra en su alcance. El proyecto no apunta únicamente contra la empresa que extrae petróleo, gas, minerales o recursos pesqueros: busca comprometer a toda la red que financia, abastece y hace posible esa actividad.
Su aprobación dependerá ahora del Congreso. Allí se discutirá no solamente el endurecimiento de las sanciones por Malvinas, sino también la creación de una estructura de seguridad nacional con facultades amplias y bajo conducción directa del Presidente.
El debate será, por lo tanto, mucho más extenso que una reforma petrolera. Lo que está en juego es un nuevo modelo para defender los recursos, las infraestructuras estratégicas y la soberanía argentina frente a amenazas cada vez más complejas.
