Menos trabas para abrir empresas en Argentina: la IGJ simplificó trámites y amplió el uso de criptomonedas

La nueva resolución elimina requisitos para inscribir sociedades, permite objetos comerciales más amplios y establece cómo acreditar aportes de capital en criptomonedas. Comenzará a regir el 23 de septiembre.

Criptomonedas

La Inspección General de Justicia (IGJ) aprobó una reforma de los trámites para constituir sociedades bajo su jurisdicción. La Resolución General 11/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, elimina exigencias registrales, flexibiliza la descripción de las actividades que podrá realizar una empresa y precisa cómo incorporar activos virtuales como aportes de capital. La norma comenzará a regir al día siguiente de su publicación.

Uno de los cambios más concretos es que dejará de exigirse, como regla general, un dictamen profesional de precalificación para constituir una sociedad. La IGJ lo seguirá admitiendo de manera voluntaria y mantendrá los casos en que resulte obligatorio, pero ya no será un requisito general de ingreso para ese trámite.

Más libertad para definir la actividad de una empresa

La resolución también modifica la forma de redactar el objeto social, es decir, las actividades previstas en el instrumento de constitución. Una sociedad podrá incluir distintas categorías de negocios sin tener que demostrar que están relacionadas entre sí ni enumerar cada actividad particular.

Para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), la IGJ admite expresamente una fórmula todavía más amplia: “la realización de cualquier actividad lícita”. Esto les permitirá incorporar nuevas líneas de negocio sin que una descripción demasiado estrecha del objeto social se convierta en una traba registral.

La reforma incorpora otras opciones para acreditar los aportes en efectivo. Cuando el monto a integrar sea igual o inferior a dos salarios mínimos, vitales y móviles, podrá utilizarse, bajo las condiciones previstas, una declaración jurada de los administradores o socios constituyentes. La norma también permite declarar una dirección de correo electrónico como sede electrónica complementaria, aunque mantiene la obligación de contar con una sede física.

Qué cambia para las criptomonedas

La posibilidad de aportar activos virtuales al capital de una sociedad ya figuraba en la normativa de la IGJ. La nueva resolución detalla los requisitos para acreditarlos: identificar el activo, su cantidad, su valor y el socio que lo aporta; demostrar que le pertenecía previamente; y respaldar su valuación.

Además, los activos deberán depositarse en una billetera o plataforma de un proveedor de servicios de activos virtuales registrado ante la Comisión Nacional de Valores. Hasta que la sociedad obtenga su CUIT, podrán quedar a nombre de los administradores designados, quienes deberán comprometerse a transferirlos posteriormente a una cuenta de la empresa.

Con estas modificaciones, la IGJ busca reducir pasos y costos de inscripción para quienes quieren formalizar un negocio. La reforma rige para los trámites ante ese organismo: no implica que los registros societarios de todas las provincias hayan adoptado automáticamente las mismas reglas.

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Patricio De Gaetano
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