Freno a la ley de censura comunista: Diputados pateó otra semana más el polémico proyecto para Santa Fe
La iniciativa impulsada por Felipe Michlig ya tiene media sanción y pretende castigar los denominados “discursos de odio” con multas, capacitaciones e inhabilitaciones. Diputados aplazó su tratamiento ante los cuestionamientos por el riesgo de entregar al Estado el poder de juzgar opiniones.
La Cámara de Diputados de Santa Fe decidió postergar hasta la próxima sesión el tratamiento del polémico proyecto que pretende declarar a la provincia “territorio libre de discriminación y discursos de odio”, una iniciativa que avanza sobre un terreno particularmente sensible: la libertad de expresión y la facultad del Estado para determinar qué opiniones pueden ser castigadas. El proyecto ya había sido postergado siete días y ahora quedó en stand by por una semana más.
El texto, impulsado por el senador radical Felipe Michlig, ya obtuvo media sanción en la Cámara alta y cuenta con respaldo de sectores del oficialismo provincial. Sin embargo, su llegada a Diputados encendió cuestionamientos políticos y jurídicos por la amplitud de las conductas alcanzadas y por las sanciones administrativas previstas.
La discusión no es menor. Bajo conceptos como “prevención”, “concientización”, “convivencia” y “erradicación” del odio, el proyecto habilita al aparato estatal santafesino a intervenir frente a determinadas expresiones y establece castigos que pueden alcanzar tanto a particulares como a personas jurídicas y medios de comunicación.
Según informó Aire de Santa Fe, el oficialismo resolvió finalmente posponer el debate y llevarlo a la próxima sesión. Entre los puntos cuestionados aparecen multas económicas que pueden alcanzar cifras millonarias, capacitaciones obligatorias, eventuales inhabilitaciones para funcionarios reincidentes y la creación de una autoridad de aplicación dependiente del Poder Ejecutivo encargada de recibir denuncias y evaluar los casos.
El problema: ¿quién decide qué es “odio”?
El principal cuestionamiento no pasa por defender amenazas, violencia o discriminaciones concretas. Esas conductas cuentan con respuestas dentro del ordenamiento jurídico. El problema aparece cuando se utilizan categorías suficientemente amplias como para que una autoridad administrativa pueda evaluar el contenido de expresiones políticas, periodísticas o ciudadanas.
Como ya advirtió El Liberador al analizar el proyecto en julio, la definición incluida en la iniciativa no se limita a llamados concretos a la violencia. Considera “discurso de odio” a expresiones verbales, escritas, simbólicas, audiovisuales o digitales que “inciten, promuevan, justifiquen o naturalicen” la discriminación, la hostilidad, la violencia o el “menosprecio”.
Palabras como “naturalizar”, “hostilidad” o “menosprecio” abren inevitablemente una zona de interpretación. ¿Una crítica durísima contra un partido político constituye menosprecio? ¿Una publicación provocadora en redes sociales naturaliza hostilidad? ¿Quién determina dónde termina una opinión desagradable y comienza una expresión merecedora de una sanción estatal?
La respuesta que ofrece el proyecto resulta especialmente preocupante: el propio Estado.
La diputada Silvia Malfesi ya calificó la iniciativa como una “herramienta sumamente peligrosa”. Los sectores críticos sostienen que la ambigüedad del concepto podría facilitar interpretaciones subjetivas y generar mecanismos de autocensura, especialmente entre periodistas, opositores y ciudadanos que cuestionen a quienes ejercen el poder.
De la multa a la “reeducación”
La iniciativa santafesina incorpora además otro elemento polémico: quienes sean sancionados podrían quedar sujetos a trayectos formativos vinculados con derechos humanos y convivencia democrática.
El mecanismo supone que el Estado primero determina que una expresión resulta reprochable y después puede someter a quien la pronunció a una capacitación destinada a modificar su comportamiento.
El proyecto santafesino no establece penas de prisión ni replica la gravedad de los mecanismos represivos existentes en regímenes autoritarios. Equipararlos directamente sería incorrecto. Pero eso no elimina una discusión legítima acerca del principio que se está introduciendo: otorgarle al poder político herramientas administrativas para clasificar expresiones y castigar aquellas que encajen dentro de categorías abiertas.
El Liberador ya expuso antecedentes internacionales que muestran por qué ese camino merece una vigilancia extrema. En Venezuela, la denominada Ley contra el Odio, aprobada por el chavismo en 2017 bajo las banderas de la convivencia pacífica y la tolerancia, terminó incorporándose al arsenal jurídico utilizado para restringir críticas y perseguir disidentes. La CIDH cuestionó precisamente la utilización de categorías amplias, vagas y ambiguas.
La diferencia de escala es evidente: en Venezuela existen penas de prisión, bloqueos de sitios y restricciones a medios que no aparecen en la iniciativa santafesina. El punto de comparación está en otro lugar: cuando conceptos subjetivos comienzan a transformarse en categorías sancionatorias, el ciudadano deja de saber con precisión qué puede decir sin exponerse al poder estatal.
Santa Fe no necesita un árbitro de opiniones
La libertad de expresión no fue diseñada constitucionalmente para proteger solamente las palabras amables, moderadas o socialmente aceptadas. Precisamente adquiere sentido cuando protege expresiones incómodas, polémicas, satíricas e incluso ofensivas.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos establece un estándar específico respecto de la apología del odio nacional, racial o religioso cuando constituya incitación a la violencia o a otra acción ilegal similar. El proyecto santafesino extiende el terreno hacia conceptos como hostilidad, menosprecio o naturalización, lo que alimenta las objeciones sobre su alcance.
El Estado debe actuar frente a amenazas, agresiones, delitos y llamados concretos a ejercer violencia. Otra cosa muy diferente es transformarlo en un árbitro de opiniones, con funcionarios evaluando publicaciones, expresiones y discursos para determinar cuáles cruzaron una frontera cuya definición resulta inevitablemente subjetiva.
Además, la herramienta que hoy puede resultar simpática a quienes gobiernan puede mañana quedar en manos de sus adversarios. Una legislación que concede poder discrecional no cambia de naturaleza dependiendo de quién ocupe circunstancialmente la Casa Gris.
La postergación decidida este jueves en Diputados no significa que el proyecto haya sido archivado. Por el contrario, volverá a estar sobre la mesa en la próxima sesión, por lo que la disputa por su aprobación recién entra en una etapa decisiva.
Santa Fe tiene por delante una discusión que excede ampliamente a una ley. Lo que deberá resolver la Legislatura es si una sociedad democrática combate las ideas desagradables mediante más debate, más libertad y argumentos, o si comienza a concederle al Estado la facultad de decidir qué expresiones merecen una multa y cuáles pueden pronunciarse sin castigo.
La historia ofrece suficientes advertencias sobre la segunda alternativa.
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