Entre titulares alarmistas y amarillistas resalta la realidad: los pasajes gratuitos para personas con discapacidad siguen vigentes y nunca se tocaron
En medio de versiones alarmistas y amarillistas que aseguraban que el Gobierno nacional “eliminó los pasajes gratuitos” para personas con discapacidad, lo cierto es que el derecho al transporte gratuito para personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD), pacientes trasplantados y personas con determinadas patologías continúa plenamente vigente.
La Resolución 28/2026 publicada en el Boletín Oficial no elimina ese beneficio. Lo que deroga es el sistema mediante el cual el Estado nacional compensaba económicamente a las empresas de transporte de larga distancia por esos boletos gratuitos.

La diferencia no es menor. Hasta ahora, el esquema funcionaba de la siguiente manera: las empresas estaban obligadas por ley a otorgar pasajes gratuitos y luego reclamaban al Estado una compensación parcial por esos costos. Con la nueva normativa, el derecho del pasajero continúa intacto, pero el Estado deja de financiar directamente.
La propia resolución aclara expresamente que la modificación apunta exclusivamente al esquema de financiamiento entre el Estado y las empresas de transporte, y no al derecho de los beneficiarios. Hasta ahora, las compañías de larga distancia debían otorgar los pasajes gratuitos establecidos por ley y posteriormente recibían una compensación económica parcial por parte del Estado nacional para cubrir parte de ese costo. Con la nueva resolución, ese mecanismo de compensaciones es eliminado, por lo que las empresas continúan obligadas a brindar el servicio gratuito, pero ya no percibirán un reintegro específico por cada pasaje emitido.
En este sentido, la propia norma es contundente al aclarar que la medida “no afecta el derecho a la gratuidad” previsto en las leyes vigentes. Esto significa que las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los pacientes trasplantados o en lista de espera y los niños, niñas y adolescentes alcanzados por la legislación oncológica mantienen exactamente los mismos derechos que tenían hasta ahora para acceder a pasajes gratuitos en los servicios nacionales de transporte de larga distancia. Lo que cambia es quién absorbe el costo de esa obligación: antes era parcialmente cubierto por el Estado mediante subsidios; ahora queda incorporado a la estructura de costos de las empresas, en un contexto de libertad tarifaria donde las compañías pueden fijar sus propios precios.
Ya no existe el paso:
Estado → compensación económica → Empresa
Nuevo esquema:
Empresa → entrega pasaje gratuito → Beneficiario
En términos económicos, el cambio apunta a terminar con un esquema de subsidios cruzados y avanzar hacia un sistema donde las empresas operen sin depender de transferencias estatales . En un contexto de desregulación y eliminación de controles artificiales de precios, no tiene sentido que el Estado siga interviniendo permanentemente para cubrir costos privados.
El modelo de la decadencia argentina
Durante años, gran parte del sistema de transporte argentino funcionó bajo una lógica donde el Estado subsidiaba todo sin control: tarifas, combustible, empresas y compensaciones de distinto tipo. El resultado fue un modelo altamente dependiente del gasto público, con déficit fiscal creciente y poca transparencia sobre el verdadero costo del servicio.
La eliminación de estas compensaciones se enmarca en esa misma política: mantener los derechos establecidos por ley, pero sin trasladar automáticamente todos los costos al contribuyente mediante subsidios nacionales.
Además, el esquema anterior también presentaba cuestionamientos respecto a controles y auditorías. Distintas empresas reclamaban compensaciones millonarias al Estado por pasajes emitidos, mientras desde sectores vinculados al transporte y organismos de control se señalaban dificultades para verificar la totalidad de los reintegros solicitados.
Con esta modificación, las compañías continúan teniendo la obligación legal de reservar lugares y emitir pasajes gratuitos a personas alcanzadas por las leyes vigentes. La CNRT, de hecho, mantiene facultades de fiscalización y control sobre el cumplimiento de ese derecho.
Por eso, afirmar que “se eliminaron los pasajes gratuitos” es incorrecto. Las personas con discapacidad siguen pudiendo gestionar boletos sin costo como hasta ahora. Lo que cambia es quién absorbe económicamente ese beneficio: ya no será el Estado nacional mediante subsidios específicos, sino las empresas prestadoras del servicio.
Una vez más quedó al descubierto como opera el periodismo mintiendo con total impunidad cuando la resolución es más que clara, tiene 4 páginas y está publicada en el boletín oficial:
